Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

16 / 18
En vigor desde 11 oct 2025
La constitución y funcionamiento del Consejo Superior de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global no supondrá incremento alguno del gasto público y se atenderá con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para su eficaz y pleno funcionamiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/10/08/898#disposicion-adicional-segunda