Art. Disposición final undécima
37 / 43En vigor desde 21 oct 2017
El apartado 1 del artículo 1 del Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, queda redactado como sigue.
«1. El Fondo Español de Garantía Agraria, O. A. (FEGA) es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/10/06/895#disposicion-final-undecima