Art. Disposición adicional única
4 / 10En vigor desde 4 ago 2005
Las referencias que se contengan, en la normativa aplicable, al Real Decreto 2599/1998, de 4 diciembre, sobre los aditivos en la alimentación de los animales, al Real Decreto 1329/1995, de 28 de julio, por el que se fijan las líneas directrices para la evaluación de los aditivos en la alimentación animal, y a los apartados 2.1, 3 y 4 del anexo de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 31 de octubre de 1988, relativa a determinados productos utilizados en la alimentación de los animales, se entenderán hechas a este real decreto y al Reglamento (CE) n.º 1831/2003.
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Proeli/es/rd/2005/07/22/893#disposicion-adicional-unica