Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Procedimiento de clasificación de los vehículos del grupo A
Art. 6
23 / 42En vigor desde 1 oct 2024
La Jefatura de Tráfico, a la vista de la documentación presentada, expedirá un permiso de circulación en el que constará el servicio histórico y anotará en el Registro de Vehículos el cambio de servicio a histórico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/09/10/892#art-6