Art. 7

Art. 7

7 / 19
En vigor desde 23 jul 2006
Podrán utilizarse los siguientes materiales: a) Tapas para evitar la evaporación. b) Material de uso habitual en el laboratorio. Los aparatos y medios de análisis empleados no pueden ser de materiales que en las condiciones de prueba de este real decreto cedan por sí mismos cantidades detectables analíticamente de plomo y cadmio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2006/07/21/891#art-7