Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

24 / 27
En vigor desde 28 nov 2023
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto y, específicamente, el Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. 2. Se exceptúan de lo previsto en el apartado anterior los artículos 1, letra f); 3.2, letra d); 10.1, primer inciso, y 10.2.b) del Real Decreto 662/2022, de 29 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno, que permanecerán vigentes hasta el 31 de marzo de 2024, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera y en la disposición transitoria primera de este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2023/11/27/890#disposicion-derogatoria-unica