Art. 1
1 / 27En vigor desde 24 sept 2024
La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, desarrolla las funciones que se contemplan en el presente real decreto a través de los siguientes órganos superiores y directivos:
a) El Gabinete del Presidente del Gobierno.
b) La Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.
c) La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
d) La Secretaría General de Política Nacional.
e) La Secretaría General de Asuntos Exteriores.
f) La Secretaría General de Coordinación Institucional.
g) La Oficina de Asuntos Económicos y G-20.
h) La Secretaría de Estado de Comunicación.
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 954/2024, de 23 de septiembre. Ref. BOE-A-2024-19072
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/11/27/890#art-1