Art. 35
Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONESTítulo TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Base de datos nacional de subvenciones

Art. 35

Derogado39 / 127
En vigor desde 25 oct 2006
La base de datos nacional de subvenciones a la que se refiere el artículo 20 de la Ley General de Subvenciones contendrá información acerca de: 1) Las subvenciones contempladas en el artículo 2 de la Ley General de Subvenciones, en los términos establecidos en el artículo siguiente. 2) Las entregas dinerarias sin contraprestación a las que resulta de aplicación el principio de información regulado por el artículo 20 de la Ley, según lo dispuesto en el artículo 3.2, párrafo 2, y en la Disposición Adicional Decimosexta de la citada Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2006/07/21/887#art-35