Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Asociación de sociedades organizadoras de carreras de caballos, para subvencionar carreras nacionales de caballos españoles, premios y otras actividades relacionadas con las carreras
Art. Disposición final primera
20 / 22En vigor desde 8 oct 2020
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 13.ª del artículo 149.1 la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2020/10/06/884#disposicion-final-primera