Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 8 oct 2020
Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en este real decreto y por lo establecido en las resoluciones de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, y por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las subvenciones se regirán por las disposiciones comunes contenidas en este capítulo, así como por las reglas especiales que regulen cada una de ellas en el c apítulo II.
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