Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 13 oct 2021
1. Son funciones del Pleno: a) Efectuar el seguimiento del grado de cumplimiento de los planes y programas de actuación, así como llevar a efecto las actividades que se precisen de apoyo institucional al Archivo Histórico de los Movimientos Sociales. b) Conocer e informar los planes y programas de actividades y adquisiciones. c) Informar la memoria anual de actividades que elabore la persona titular de la dirección del Archivo Histórico de los Movimientos Sociales y el anteproyecto de presupuesto que deberá presentar la Subdirección General de los Archivos Estatales. d) Fomentar e impulsar la participación de la sociedad en el enriquecimiento, preservación, conservación y difusión de los fondos y colecciones documentales del Archivo Histórico de los Movimientos Sociales, formulando las correspondientes propuestas. e) Emitir preceptivamente informe sobre cualquier propuesta de salida definitiva de fondos documentales del archivo. f) Estudiar fórmulas y, en su caso, gestionar la obtención de recursos extraordinarios de instituciones públicas y privadas. g) Velar por la integridad y el enriquecimiento de los fondos, colecciones y medios del Archivo Histórico de los Movimientos Sociales. 2. Son funciones de la Comisión Permanente: a) Estudiar, deliberar e informar las propuestas que se deban someter a la aprobación del Pleno. b) Cuidar del cumplimiento, desarrollo y ejecución de los acuerdos adoptados por el Patronato. c) Asumir cuantas otras funciones les sean encomendadas por el Pleno. d) Dar cuenta al Pleno del Patronato de los acuerdos adoptados en el ejercicio de las funciones anteriores.
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eli/es/rd/2021/10/11/880#art-6