Art. 14
Capítulo CAPÍTULO IISecc. SECCIÓN 3.ª ÓRGANOS DE GESTIÓN

Art. 14

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En vigor desde 7 feb 2001
La Subdirección General de Coordinación y Planes es la responsable de las actividades operativas del Organismo y ejercerá las siguientes funciones: 1. Las relaciones y coordinación general con las Fuerzas Armadas para el mejor cumplimiento de los objetivos del Instituto. 2. El control y seguimiento de los distintos programas del Instituto. 3. La coordinación de las actividades del Instituto llevadas a cabo en las Subdirecciones Generales de Investigación y Programas, y de Experimentación y Certificación. 4. La elaboración de los planes de inversiones, considerando las propuestas de las otras Subdirecciones y de la Secretaría General. 5. La elaboración de las memorias anuales de las actividades y gestión del Instituto con la colaboración de la Subdirección General de Relaciones Institucionales y Política Comercial. 6. La elaboración de la planificación general a corto, medio y largo plazo, con los correspondientes programas de actividades. 7. La evaluación y control del grado de cumplimiento de los objetivos marcados en los planes anuales de actividades. 8. El análisis de recursos, costes y cálculos de tarifas de los programas y actividades operativas del Organismo. 9. La elaboración de los planes estratégicos, sobre la base de los programas de actividades aprobados, de los estudios sobre prospección y previsiones de actividades futuras, y de los planes de inversión desarrollados. 10. El seguimiento de las actividades, funcionamiento y resultados de los centros o unidades de investigación que sean creados con otros Organismos, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de este Estatuto, para el cumplimiento de los objetivos marcados en la Ley 13/1986, de 14 de abril, y de las unidades de investigación y desarrollo creadas con Universidades y Organismos de las Administraciones del Estado, Autonómicas, Locales y de la Unión Europea.
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