Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final segunda
42 / 44En vigor desde 23 jul 2011
Las Administraciones educativas podrán implantar, de forma progresiva ciclo a ciclo, el nuevo currículo de estas enseñanzas desde el curso escolar 2012-2013.
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Proeli/es/rd/2011/06/24/878#disposicion-final-segunda