Art. 11
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª De la Junta de Gobierno

Art. 11

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En vigor desde 26 oct 2014
La Junta de Gobierno actuará en Pleno y en Comisión Permanente. La Comisión Permanente estará integrada por la Presidencia del Consejo General, una persona que represente la Vicepresidencia, la Secretaria General, la Tesorería y un Vocal.
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