Art. Artículo único
1 / 271En vigor desde 12 oct 2014
Se aprueba el Reglamento General de Costas cuyo texto figura a continuación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/10/10/876#articulo-unico