Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 8
8 / 42En vigor desde 18 oct 2014
La Fuerza Conjunta la constituyen todos los elementos integrantes de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, además de los elementos de los Mandos subordinados al Jefe de Estado Mayor de la Defensa que se determinen.
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Proeli/es/rd/2014/10/10/872#art-8