Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 10 nov 2013
1. Este real decreto tiene por objeto regular la venta legal al público, realizada a distancia, de medicamentos de uso humano elaborados industrialmente no sujetos a prescripción médica, a través de sitios web de oficinas de farmacia. 2. Quedan fuera del ámbito de aplicación de este real decreto los medicamentos veterinarios. 3. Además, no podrán venderse a través de sitios web: a) los preparados oficinales, b) los medicamentos que no hayan sido autorizados de acuerdo a la normativa aplicable. 4. Se prohíbe la venta de medicamentos a través de otros servicios de la sociedad de la información distintos a los regulados en este real decreto.
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eli/es/rd/2013/11/08/870#art-1