Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final quinta
16 / 16En vigor desde 16 abr 2016
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/10/02/867#disposicion-final-quinta