Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 49
57 / 97En vigor desde 10 jul 1997
El procedimiento de inscripción en los Registros, General o Especial, de Operadores de Sustancias Químicas Catalogadas se ajustará a las normas de procedimiento establecidas en el presente capítulo y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/06/06/865#art-49