Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 47
55 / 71En vigor desde 8 jun 2008
La transferencia de títulos habilitantes para el uso privativo del dominio público radioeléctrico puede revestir alguna de las dos siguientes modalidades:
a) Transferencia total.
b) Transferencia parcial.
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Proeli/es/rd/2008/05/23/863#art-47