Art. 9
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 9

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En vigor desde 6 jun 1998
1. El puesto de Director de Delegación será provisto por el sistema de libre designación, mediante convocatoria pública en la que podrán participar facultativos del Instituto de Toxicología y médicos forenses, y en la que se valorará especialmente la competencia técnica y la experiencia de los candidatos. 2. Bajo la dependencia del Director del Departamento, ejercerá las funciones indicadas en el artículo 8 que le sean de aplicación, referidas a su ámbito orgánico y territorial.
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eli/es/rd/1998/05/08/862#art-9