Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 23 oct 2026
La Comisión Permanente del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado elaborará, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este Estatuto, un proyecto de reglamento de organización y funcionamiento interno que someterá a la aprobación del Pleno y será elevado para su aprobación definitiva a la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
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