Capítulo CAPÍTULO V
Art. 29
47 / 65En vigor desde 13 oct 2022
El proceso selectivo consta de las siguientes fases, que se desarrollarán en el orden que se indica y conforme a lo previsto en orden ministerial:
1. Fase de oposición. Integrada por las siguientes pruebas selectivas:
a) Prueba teórica dirigida a medir los conocimientos profesionales de las personas aspirantes en función de su especialidad, relacionada con las plazas que se convocan, en los términos que se determine en las bases de la convocatoria.
Asimismo se podrán incluir pruebas destinadas a medir la aptitud cuando se considere aconsejable atendiendo a las funciones inherentes de las plazas a cubrir.
b) Prueba práctica y/o entrevista, en los términos que se determine en las bases de la convocatoria, dirigidas a comprobar que las personas aspirantes poseen las competencias necesarias para el desarrollo de la especialidad, relacionadas con las plazas que se convocan. Serán llamadas a esta prueba quienes superen la prueba teórica de conocimientos profesionales.
Asimismo, cuando las bases de la convocatoria lo establezcan, se realizará una prueba de conocimiento de idioma extranjero conforme al nivel que se determine, que guarde relación objetiva con las funciones y las tareas a desempeñar.
En esta fase se podrá seleccionar por cada especialidad a un número de personas aspirantes no superior al doble de las plazas convocadas conforme a la puntuación obtenida y petición efectuada en primer lugar.
2. Fase de concurso. Se valorarán los méritos que se prevean en las bases de la convocatoria conforme al baremo que se determine por orden ministerial.
En el baremo se valorarán, entre otros, los siguientes méritos:
a) Estar desempeñando o haber desempeñado en la Policía Nacional funciones de análoga naturaleza a aquéllas a cuyo desempeño se aspira durante un plazo mínimo de dos años.
b) Poseer estudios específicos, acreditados por el título académico pertinente, directamente relacionados con la especialidad convocada.
c) Los años de servicio efectivos en la Policía Nacional.
La calificación final de las fases de oposición y concurso será el resultado de la suma de ambas, siendo seleccionadas para cada especialidad las personas aspirantes con mayor puntuación en número igual al de las plazas convocadas, de conformidad con el orden de prelación establecido en su solicitud.
Las bases de la convocatoria establecerán los criterios objetivos para determinar el orden de prelación del personal aspirante cuando la puntuación final de ambas fases sea idéntica.
3. Fase del curso de especialización. Las personas seleccionadas realizarán un curso de especialización de carácter selectivo.
Quienes no superen el curso en su totalidad, perderán toda expectativa de acceso, poniendo fin al proceso selectivo.
4. Fase del módulo de formación práctica en puesto de trabajo. Quienes hubieren superado el curso de especialización, iniciarán el módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
El módulo tiene carácter selectivo siendo la puntuación final de apto o apta o no apto o no apta.
Quienes no superen el módulo quedarán excluidos del proceso, perdiendo toda expectativa de acceso.
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Proeli/es/rd/2022/10/11/853#art-29