Art. 25
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

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En vigor desde 13 oct 2022
El escalafonamiento se llevará a efecto, con independencia del procedimiento de que se trate, atendiendo a la puntuación global obtenida en el proceso selectivo, conforme a la fórmula que se establezca en los términos previstos en las normas de desarrollo de este reglamento y en la respectiva convocatoria.
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eli/es/rd/2022/10/11/853#art-25