Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 25
43 / 65En vigor desde 13 oct 2022
El escalafonamiento se llevará a efecto, con independencia del procedimiento de que se trate, atendiendo a la puntuación global obtenida en el proceso selectivo, conforme a la fórmula que se establezca en los términos previstos en las normas de desarrollo de este reglamento y en la respectiva convocatoria.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/10/11/853#art-25