Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 33
33 / 41En vigor desde 29 nov 2015
1. Cualquier persona física o jurídica podrá solicitar certificaciones de prestadores de servicios de comunicación audiovisual y demás actos inscritos.
2. Las certificaciones registrales acreditarán fehacientemente el contenido de los asientos registrales.
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Proeli/es/rd/2015/09/28/847#art-33