Art. 11
Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Puntos de contacto únicos para la concesión de autorizaciones para proyectos de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas

Art. 11

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En vigor desde 24 oct 2026
1. Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla serán competentes para la designación de los puntos de contacto únicos, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024. 2. De acuerdo con el Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, los proyectos de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas incluyen: a) Los proyectos para la fabricación de componentes y equipos de tecnologías de cero emisiones netas incluidos en el anexo del Reglamento 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024. b) Los proyectos para la fabricación de componentes y productos finales de tecnologías de cero emisiones netas no incluidos en el anexo del citado Reglamento, cuando, sobre la base de pruebas facilitadas al punto de contacto único, la entidad promotora del proyecto pueda demostrar que los componentes específicos o productos finales son utilizados principalmente para la producción de tecnologías de cero emisiones netas, según la definición del artículo 3.10 del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024. c) Los proyectos para la fabricación de maquinaria específica para la producción de componentes o equipos de tecnologías de cero emisiones netas, cuando, sobre la base de pruebas facilitadas al punto de contacto único, la entidad promotora del proyecto pueda demostrar que la maquina específica fabricada se utiliza principalmente para la producción de tecnologías de cero emisiones netas. d) Los proyectos de descarbonización de la industria de gran consumo de energía, según la definición del artículo 3.17 del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024. 3. En el caso de que un proyecto de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas afecte al territorio de más de una comunidad autónoma, el punto de contacto único será la Subdirección General para el Impulso de Proyectos Industriales de la Dirección General de Programas Industriales del Ministerio de Industria y Turismo, que actuará en colaboración con los puntos de contacto únicos de las comunidades autónomas afectadas o de las ciudades de Ceuta o Melilla, en su caso.
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eli/es/rd/2026/10/21/845#art-11