Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición derogatoria única
28 / 31En vigor desde 8 jul 2011
1. Queda derogado expresamente el Real Decreto 515/2005, de 6 de mayo, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente, de determinadas medidas de seguridad, así como de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
2. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2011/06/17/840#disposicion-derogatoria-unica