Art. 65
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 65

66 / 118
En vigor desde 15 feb 2015
El Banco de España determinará reglas de aplicación conjunta de los colchones para EISM, OEIS y contra riesgos sistémicos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/02/13/84#art-65