Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 11 may 1996
Quedan derogados los artículos 1, 2, 10 y 14 del Real Decreto 3773/1982, de 22 de diciembre; el Real Decreto 163/1987, de 6 de febrero; el Real Decreto 1481/1989, de 15 de diciembre, y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.
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