Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Obligaciones relativas al traslado de residuos tóxicos y peligrosos
Art. 43
Derogado52 / 81En vigor desde 19 ago 1988
Las actividades de recogida y traslado de residuos tóxicos y peligrosos estarán sometidas al régimen de control y seguimiento de origen y destino en la forma establecida para los gestores en los artículos precedentes.
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Proeli/es/rd/1988/07/20/833#art-43