Art. Preambulo
En vigor desde 22 feb 1996
El Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, aprobado por el Real Decreto 929/1993, de 18 de junio, estableció un nuevo marco organizativo para estos centros acorde con las nuevas exigencias derivadas de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, respetando a su vez, lo establecido, en relación con el gobierno de los centros, en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes, para garantizar una enseñanza de calidad, ha encomendado a los poderes públicos el fomento de la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos y en la definición de su proyecto educativo, el desarrollo de su autonomía, el apoyo al funcionamiento de los órganos de gobierno de dichos centros y el establecimiento de procedimientos de evaluación que contribuyan a la mejora de la calidad de las enseñanzas impartidas.
Consecuentemente, es necesario establecer un nuevo Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria que recoja lo preceptuado en la nueva Ley y que sustituya al aprobado mediante el Real Decreto 929/1993, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo Escolar del Estado, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de enero de 1996,
D I S P O N G O :
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Proeli/es/rd/1996/01/26/83#preambulo-preambulo