Art. Disposición adicional segunda
3 / 92En vigor desde 22 feb 1996
Los nuevos puestos que se determinan en el Reglamento aprobado por el presente Real Decreto se irán cubriendo progresivamente a medida que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.
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Proeli/es/rd/1996/01/26/83#disposicion-adicional-segunda