Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 21 nov 2023
1. Corresponde al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de infraestructuras, de transporte terrestre de competencia estatal, aéreo y marítimo, a fin de garantizar una movilidad justa y sostenible. 2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible.
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eli/es/rd/2023/11/20/829#art-7