Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición final primera
66 / 68En vigor desde 9 jul 2010
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre productos farmacéuticos.
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Proeli/es/rd/2010/06/25/824#disposicion-final-primera