Art. Disposición final primera
5 / 7En vigor desde 16 jul 2010
El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación general de la sanidad.
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Proeli/es/rd/2010/06/25/823#disposicion-final-primera