Art. 3
Título TÍTULO II

Art. 3

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En vigor desde 6 ago 2003
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1055/2003, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2003-15599#ddunica Se derogan los apartados 3.2 y 3.5 por la disposición derogatoria única.5 del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero. Ref. BOE-A-1997-6156 Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 224, de 18 de septiembre de 1990. Ref. BOE-A-1990-23083

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1990/06/22/822#art-3