Art. 61
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.ª Programas del eje 3 «Oportunidades de empleo»§ Subsección 4.ª Programa de inclusión laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social

Art. 61

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En vigor desde 30 sept 2021
Se establece una subvención, con una cuantía de referencia de 1.000 euros, por participante en itinerario con una duración tipo de seis meses y con un número máximo de participantes por itinerario de 15 personas. La cuantía de la subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerario es menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a tres meses ni superior a doce meses.
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