Art. 30
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Programas del eje 2 «formación»§ Subsección 1.ª Programas experienciales de empleo y formación TándEM

Art. 30

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En vigor desde 30 sept 2021
1. Dentro de las iniciativas públicas de empleo-formación, los programas experienciales de empleo y formación son proyectos de carácter temporal dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional. 2. Colaboran en la preparación, acompañamiento y evaluación de estos proyectos las Unidades de Promoción y Desarrollo reguladas en el artículo 86.1.b).
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