Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
37 / 45En vigor desde 16 jun 2009
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto. En particular, quedan derogados los artículos 79, 114 al 117 y los Anexos VII, VIII y IX del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/05/08/817#disposicion-derogatoria-unica