Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
27 / 29En vigor desde 11 jul 2018
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2018/07/06/815#disposicion-final-primera