Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 20 oct 2013
En todos aquellos aspectos no regulados en este reglamento, el procedimiento de las Administraciones Públicas se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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