Art. 7
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Principios comunes de los procedimientos de autorización ambiental integrada

Art. 7

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En vigor desde 20 oct 2013
1. El informe urbanístico regulado en el artículo 15 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, es independiente de la licencia de obras o de cualquier otro medio de intervención exigible por el Ayuntamiento. 2. Las cuestiones que deberá valorar versarán exclusivamente sobre la conformidad del proyecto con la normativa urbanística aplicable en relación con la parcela donde esté o vaya a estar ubicada la instalación en el momento de la solicitud.
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eli/es/rd/2013/10/18/815#art-7