Art. 12

Art. 12

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En vigor desde 15 jul 2001
Los sistemas de auditoría establecidos en los Reales Decretos 1841/1997, 1566/1998 y 1976/1999, deberán tener en cuenta los objetivos previstos en este Real Decreto, a los efectos de la certificación de los correspondientes programas de garantía de calidad.
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eli/es/rd/2001/07/13/815#art-12