Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 15 jul 2001
1. Queda derogado el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1565/1998, de 17 de julio. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o de inferior rango se opongan al presente Real Decreto.
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