Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 4 feb 1999
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones: a) El Real Decreto 1145/1992, de 25 de septiembre, por el que se regula la prestación de determinados servicios rápidos internacionales de recogida, transporte y entrega de cargas y tarjetas postales. b) La Orden del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 25 de marzo de 1993 de desarrollo del Real Decreto 1145/1992, de 25 de septiembre, por el que se regula la prestación de determinados servicios rápidos internacionales de recogida, transporte y entrega de cartas y tarjetas postales. c) La Orden del Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 19 de abril de 1993, sobre registro de actividades de correspondencia urbana. 2. Quedan derogadas, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
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eli/es/rd/1999/01/22/81#disposicion-derogatoria-unica