Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Normas generales
Art. 1
7 / 32En vigor desde 9 mar 2010
Para la prestación de los servicios postales regulados en el título II de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, se establece un régimen de autorización general, pudiendo prestarse el correspondiente servicio previa declaración responsable de los interesados, o de autorización administrativa singular, de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.
Se modifica por el apartado 1 del anexo del Real Decreto 101/2010, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2010-3750
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/01/22/81#art-1