Título INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC EP–7›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
120 / 129En vigor desde 2 ene 2022
1. La presente instrucción técnica complementaria (ITC) se aplica a la instalación, modificaciones, inspecciones periódicas y reparaciones de todos los equipos a presión incluidos en el Reglamento de equipos a presión instalados en terminales de gas natural licuado (GNL).
2. Se excluyen de la presente ITC:
a) Las Plantas Satélites de GNL incluidas en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.
b) Cualquier tubería situada en el interior de los tanques de almacenamiento (tales como las tuberías de llenado, la tubería para pozos de bombas o la tubería para instrumentación), incluido el primer dispositivo de aislamiento exterior.
c) Los equipos a presión transportables incluidos en el Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables.
d) Los extintores, que deberán cumplir los requisitos generales del Reglamento de equipos a presión.
e) Las tuberías de conducción hacia otra instalación externa, desde el último dispositivo de aislamiento dentro de los límites de la Terminal de GNL, no incluido dicho dispositivo.
f) Las carcasas o envolventes de elementos dinámicos.
g) Los equipos a presión del artículo 4.3 del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión, o asimilados a dichas categorías según el artículo 3.2 del Reglamento de equipos a presión.
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Proeli/es/rd/2021/09/21/809#art-1-7