Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 2 jul 2006
El plazo para la presentación de la solicitud de las ayudas por costes laborales mediante prejubilaciones correspondientes al año 2006 será de 30 días, que se contarán desde el día siguiente al de la entrada en vigor de este real decreto. Excepcionalmente se podrán solicitar las ayudas reguladas en esta norma para los trabajadores que hayan extinguido su contrato al amparo de lo previsto en sus disposiciones transitoria segunda y tercera.
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