Art. 11

Art. 11

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En vigor desde 3 jul 2011
El laboratorio nacional de referencia para las enfermedades incluidas en el anexo II es el Laboratorio Central de Sanidad Animal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, sito en Algete (Madrid).
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eli/es/rd/2011/06/10/804#art-11