Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Finalización del procedimiento
Art. 20
31 / 45En vigor desde 15 jun 2011
1. Contra las resoluciones de los expedientes administrativos de regulación de empleo podrá interponerse por los interesados, incluidos los trabajadores individualmente afectados, recurso de alzada en el plazo de un mes ante el órgano superior jerárquico del que las dictó.
2. En la tramitación del procedimiento de recurso se estará a lo dispuesto en la sección II del capítulo II del título VII de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las resoluciones de los recursos administrativos serán susceptibles de impugnación ante la jurisdicción competente.
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Proeli/es/rd/2011/06/10/801#art-20